Exclusiones del bono de 40 días en 2025.

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El Gobierno de México, encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, ha oficializado la implementación de un beneficio económico significativo: un decreto que establece 40 días de gratificación de fin de año para el ejercicio fiscal 2025. Estas directrices, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), reafirman el compromiso con la justicia y la equidad en la distribución de los recursos públicos.

Este pago adicional de fin de año beneficiará a una amplia nómina del sector público, incluyendo a trabajadores del gobierno de todas las áreas, personal operativo y de confianza, mandos y directivos, militares en servicio activo, profesionales bajo esquema de honorarios, pensionados y familiares dependientes, entre otros colectivos.

Si bien el decreto clarifica quiénes son elegibles para recibir estos 40 días de pago extra, es fundamental conocer también las exclusiones. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) será la encargada de emitir la normativa secundaria para asegurar la correcta ejecución y que los fondos estén disponibles a partir del 10 de noviembre de 2025.

Se detallan los trabajadores elegibles para este beneficio.

¿Quiénes no recibirán el pago de 40 días de gratificación?

Con un salario mínimo proyectado para 2025 de 278.80 pesos diarios, la gratificación de 40 días garantiza un mínimo de $11,152 para los empleados cubiertos por este decreto. No obstante, es importante identificar a los grupos que no serán beneficiarios de esta prestación adicional.

Según el Artículo Octavo del decreto, publicado el 04 de noviembre de 2025 en el DOF, los siguientes trabajadores no son elegibles para la gratificación de 40 días:

  • Personal contratado bajo el régimen de honorarios especiales, según el Clasificador por Objeto del Gasto de la Administración Pública Federal.
  • Personas cuyos ingresos no se encuentren contemplados en los supuestos del artículo Quinto del propio decreto.
  • Colaboradores que participan en los acuerdos de coordinación técnica educativa con las entidades federativas.

Es crucial entender que este beneficio está dirigido exclusivamente a quienes prestan sus servicios al Estado. Por lo tanto, todos los trabajadores del sector privado quedan excluidos de esta gratificación específica. El DOF aclara que “El pago de la gratificación se realizará con cargo al presupuesto autorizado de las Dependencias y Entidades, en la forma y términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que se refiere el artículo Decimosegundo de este decreto”.

La normativa entró en plena vigencia desde el momento de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La gratificación es un derecho de los empleados.

Definición y cálculo de la gratificación de fin de año

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece la obligación para los empleadores de otorgar una gratificación anual a sus empleados, comúnmente conocida como aguinaldo. Este derecho debe ser de al menos quince días de salario y se debe liquidar antes del 20 de diciembre. Para quienes no han laborado el año completo, se aplica un cálculo proporcional al tiempo trabajado.

Este es un derecho laboral fundamental e irrenunciable para todos los trabajadores en México.

Existen diversas herramientas de cálculo en línea que facilitan la estimación de esta prestación. Plataformas como la del banco BBVA ofrecen calculadoras que, solicitando datos como la fecha de ingreso, el último día de servicio y el salario diario o mensual, ayudan a los trabajadores a tener una idea de cuánto recibirán.

Al utilizar estas calculadoras, se obtiene un desglose de los días laborados y la cifra correspondiente a la gratificación. Es importante recordar que estos resultados son estimaciones y pueden variar ligeramente según la interpretación de la antigüedad o detalles específicos de cada contrato.

La gratificación de fin de año representa para muchas familias un importante apoyo financiero, ideal para cubrir gastos decembrinos, adquirir regalos navideños y de Año Nuevo, o para tener un colchón económico ante la cuesta de enero. Una correcta comprensión de este pago permite una mejor planificación financiera y disfrutar de las festividades.

OdL

aDB

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