Un exjugador emblemático de las Chivas y exintegrante de la Selección Mexicana, identificado como Omar “N”, ha sido formalmente acusado de abuso sexual infantil agravado. La decisión de un juez dictamina su permanencia en prisión preventiva durante un periodo inicial de seis meses, con la posibilidad de extenderlo hasta por dos años. Asimismo, se ha establecido un plazo de un mes para la conclusión de la investigación complementaria.
La detención del exfutbolista tuvo lugar en Zapopan, Jalisco, ejecutada en cumplimiento de una orden judicial. Tras su aseguramiento, fue puesto a disposición de las autoridades pertinentes, generando considerable sorpresa en la comunidad futbolística y en la región debido a la gravedad de los hechos.
En la audiencia inicial celebrada el 5 de octubre, la defensa de Omar “N” solicitó una prórroga del plazo legal de 144 horas con el fin de reunir pruebas fundamentales para su defensa. La Fiscalía del Estado de Jalisco ha comunicado que Omar “N” enfrenta cargos por presuntos actos de abuso reiterado contra una menor de edad durante los últimos meses.
Presentación de Evidencia contra Omar “N”: Abuso Sexual Infantil Agravado
Previamente a la vinculación a proceso del exfutbolista Omar “N”, el abogado representante de la víctima, José Juan Soltero, afirmó que la evidencia presentada ante las autoridades judiciales es “irrefutable” y proporciona un sustento sólido para la acusación de abuso sexual infantil agravado.
Según detalló José Juan Soltero, el conjunto probatorio incluye el testimonio directo de la víctima, el relato de su madre, un análisis psicológico exhaustivo, así como comunicaciones escritas, capturas de pantalla de conversaciones y un video elaborado por la propia menor que documentan los hechos.
“Los delitos de naturaleza sexual, por su propia esencia, frecuentemente carecen de testigos directos. En tales escenarios, la declaración de la víctima adquiere una relevancia primordial para las instancias judiciales. No obstante, en este particular caso, la fortaleza de la prueba trasciende el testimonio único. Contamos adicionalmente con un informe psicológico que evidencia la presencia de indicadores consistentes con la vivencia de violencia sexual, sumado a mensajes y un video que detallan los actos y las exigencias perpetradas por el acusado”, expuso el abogado a los medios de comunicación locales.
José Juan Soltero especificó que los actos por los que se imputa al acusado ocurrieron cuando la víctima se encontraba por debajo de los 12 años de edad. Esta circunstancia, conforme a la legislación vigente en México, constituye un agravante que incrementa significativamente la pena. “La sanción mínima para este tipo de ilícito oscila entre tres y seis años de prisión. Sin embargo, debido a las circunstancias agravantes presentes, la ley faculta la extensión de la pena hasta en dos tercios, lo que proyecta una posible sentencia de entre cinco y diez años de privación de la libertad”, señaló durante sus declaraciones.
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