Con la llegada de diciembre, surge una pregunta recurrente entre los ciudadanos mexicanos: ¿existirá un aguinaldo para pensionados del Bienestar? Cada fin de año, la incertidumbre se cierne sobre los beneficiarios de programas sociales, especialmente aquellos de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, quienes desean saber si obtendrán este pago adicional.
La Secretaría del Bienestar ha sido enfática al señalar que el aguinaldo es un derecho exclusivo de los trabajadores con contrato laboral formal, ya sea en el sector público o privado. La Ley Federal del Trabajo, en su Artículo 87, establece claramente que todo empleado que reciba un salario debe disfrutar de esta prestación antes del 20 de diciembre.
En contraste, los receptores de la Pensión del Bienestar no mantienen una relación de dependencia laboral. Por ello, no son elegibles para recibir aguinaldo ni ningún pago extra al cierre del año.
La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es una estrategia del gobierno mexicano cuyo objetivo es garantizar un ingreso mínimo para personas de 65 años o más. Los beneficiarios reciben 6,200 pesos cada bimestre a través de su Tarjeta del Bienestar, fondos destinados a cubrir necesidades esenciales como alimentación, transporte y servicios de salud.
¿El aguinaldo aplica para la Pensión del Bienestar?
Si bien el depósito bimestral es un apoyo crucial para muchos adultos mayores, el programa de la Pensión Bienestar no contempla ningún tipo de aguinaldo. Esto significa que los pagos regulares son su única fuente de ingreso gubernamental, y no se realizará un pago adicional en diciembre. En su lugar, el próximo depósito cubrirá los meses de noviembre y diciembre, y se efectuará durante noviembre.
La confusión puede surgir porque los beneficiarios asocian la temporada navideña con la entrega de aguinaldos, sin considerar que esta prestación es exclusiva para quienes tienen una relación laboral vigente. Por lo tanto, los empleados en empresas, dependencias gubernamentales o cualquier organización formal recibirán su aguinaldo, mientras que los pensionados bajo programas sociales no acceden a este beneficio.
¿Qué adultos mayores sí recibirán su aguinaldo?
Es importante reiterar que para los beneficiarios de la Pensión del Bienestar, el aguinaldo no es aplicable. En consecuencia, los únicos adultos mayores de 65 años que recibirán aguinaldo son aquellos que, además de la pensión, mantienen una actividad laboral activa o perciben otra pensión, ya sea del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Ante la persistencia de desinformación, la Secretaría del Bienestar ha emitido alertas sobre posibles fraudes que circulan en redes sociales, mensajes de texto y llamadas telefónicas. En estas comunicaciones engañosas, presuntos gestores prometen un “aguinaldo extra” de la Pensión del Bienestar a cambio de pagos, depósitos o información personal. La secretaría federal ha subrayado que no existen pagos adicionales ni adelantos especiales en diciembre, y exhorta a los beneficiarios a no compartir datos confidenciales ni entregar dinero bajo ninguna circunstancia.
¡Cuidado con los engaños! Protege tu Pensión del Bienestar.
La autoridad también ha recordado que la única fuente confiable para obtener información oficial son los canales institucionales: la página web de la Secretaría del Bienestar, las oficinas de atención regionales y los números telefónicos oficiales. Cualquier mensaje o publicación que ofrezca un pago extraordinario o solicite datos bancarios debe ser considerado una estafa.
En cuanto al calendario de pagos, el siguiente depósito de la Pensión del Bienestar está programado para noviembre de 2025, cubriendo el último bimestre del año. Posteriormente, el próximo desembolso se efectuará hasta enero de 2026, momento en que se reanudan los depósitos habituales del programa.
OdL
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