Reforma a Ley de Amparo: ¿Retroactividad o Actualización Procesal? Debate en el Congreso
La reciente reforma a la Ley de Amparo ha desatado un intenso debate en el Congreso, centrado en la aplicación de la nueva normativa a los juicios de amparo en curso. Una propuesta clave, presentada por el diputado federal Hugo Erick Flores de Morena, busca modificar el artículo tercero transitorio, generando preocupación entre legisladores sobre una posible retroactividad de la ley.
Entendiendo la Controversia: Retroactividad vs. Actualización Procesal
En esencia, la discusión gira en torno a si la nueva Ley de Amparo se aplicará a procesos judiciales ya iniciados o solo a las etapas futuras. Inicialmente, el artículo transitorio establecía que los juicios en trámite continuarían bajo la legislación anterior hasta su finalización. Sin embargo, la enmienda aprobada por mayoría propone que la nueva normativa se aplique a las partes del juicio de amparo que aún no se han desarrollado, sin modificar lo ya resuelto.
Según la propuesta, “las etapas concluidas que confieran derechos consolidados a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los respectivos procedimientos”. No obstante, las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del Decreto se regirán por las nuevas disposiciones, “sin que ello suponga aplicación retroactiva ni menoscabo de derechos adquiridos, al tratarse de actuaciones futuras”.
Acusaciones de “Trampa” y “Juegos de Palabras”
El coordinador del PRI, Rubén Moreira, ha calificado esta maniobra como una “trampa” y un intento de “ocultar la retroactividad” mediante juegos de palabras, argumentando que perjudicaría a quienes ya han obtenido resoluciones favorables en sus amparos. Moreira sostiene que el amparo no es solo un asunto de procedimiento, sino que contiene garantías constitucionales y es una ley reglamentaria de la Constitución. Afirma que la redacción actual implica que quienes hayan obtenido una suspensión o una resolución favorable en un amparo, podrían perderla con la nueva ley, lo que considera una aplicación retroactiva de la ley.
Defensa de la Propuesta: Reglas Claras para Leyes Procesales
Por su parte, Hugo Erick Flores ha defendido su propuesta, asegurando que no contraviene la prohibición de retroactividad del artículo 14 constitucional. Según el diputado, la enmienda simplemente establece reglas claras sobre cómo aplicar las leyes procesales, algo común cuando entra en vigor una nueva normativa. “Se trata de una cuestión de materia y trascendencia procesal, es puro derecho procesal”, afirmó Flores, detallando que la ley de amparo es un ejemplo típico de ley procesal o adjetiva.
La modificación propuesta por Flores Cervantes clarifica que solo las etapas legales ya concluidas se regirán por la legislación anterior, mientras que las pendientes se sujetarán a la nueva Ley de Amparo.
Debate Intensivo y Aprobación Final
La discusión sobre este artículo transitorio se extendió durante aproximadamente 16 horas. Vanessa López Carrillo, al leer la propuesta, intentó disipar la confusión, señalando que “no hay retroactividad, sino actualización procesal”.
Federico Doring, del PAN, expresó su preocupación, argumentando que la modificación podría privar a los ciudadanos de su capacidad de defensa y ser utilizada para “perjudicar” a críticos del gobierno. Cuestionó la necesidad del transitorio, sugiriendo que podría ser un vehículo para el tráfico de influencias.
Finalmente, la ley fue aprobada en lo particular y en lo general con 322 votos a favor, 128 en contra y 3 abstenciones, siendo devuelta al Senado de la República para su posterior trámite. La reforma a la Ley de Amparo y sus implicaciones sobre los juicios en curso continuarán siendo un tema de debate y análisis jurídico.
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