¿La Profedet aclara el impacto de la incapacidad por maternidad en el pago del aguinaldo?

Ioseph
3 min. Lectura

La llegada de diciembre marca el esperado pago del aguinaldo, una gratificación anual fundamental para miles de trabajadores en México. Conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT), este pago es un derecho irrenunciable para todos los empleados y debe ser liquidado antes del 20 de diciembre.

Surgen con frecuencia dudas sobre la aplicación de este beneficio, especialmente en situaciones particulares como las licencias por maternidad. ¿Se ve afectado el aguinaldo para empleadas embarazadas que toman sus permisos pre y postparto? A continuación, desglosamos esta importante cuestión.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es enfática: los periodos de licencia por maternidad no deben disminuir el monto del aguinaldo. La ley considera estos días como tiempo efectivamente laborado a efectos del cálculo del aguinaldo. Por lo tanto, si te encuentras en esta situación, puedes tener la certeza de que no debes sufrir ninguna deducción. Incumplir esta disposición por parte del empleador constituye una falta a la normativa laboral y puede ser objeto de denuncia.


¿Quiénes Tienen Derecho al Pago de Aguinaldo en México?

La Ley Federal del Trabajo es clara al definir quiénes son beneficiarios del aguinaldo. Incluso si un empleado no ha cumplido un año de servicio, tiene derecho a recibir una parte proporcional de esta gratificación, calculada según el tiempo trabajado. Esto aplica sin importar si el trabajador se encuentra activo o no en la fecha de pago.

La Profedet detalla que la siguiente lista de trabajadores tiene derecho a este pago:

  • Empleados de base
  • Personal de confianza
  • Trabajadores de planta
  • Miembros de sindicatos
  • Empleados contratados por obra o tiempo determinado
  • Trabajadores de temporada
  • Empleados con contratos indefinidos en periodo de prueba o capacitación inicial
  • Personal eventual
  • Comisionistas
  • Agentes de comercio
  • Agentes de seguros
  • Vendedores
  • Cualquier otro tipo de trabajador amparado por la LFT

¿Cómo Contactar a la Profedet para Resolver Dudas sobre tu Aguinaldo?

Si necesitas asesoría o tienes dudas respecto a tu aguinaldo o cualquier otro derecho laboral, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo pone a tu disposición diversos canales de contacto.

Las oficinas centrales de la Profedet se ubican en Dr. José María Vértiz, número 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.

Para quienes residen en otras partes de la República Mexicana, la asistencia es gratuita y se proporciona en las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral distribuidas a lo largo del país. Puedes consultar las direcciones exactas en este enlace:

Si prefieres la atención telefónica, puedes llamar a los números: 8009117877 y 8007172942.

Para consultas escritas o por correo electrónico, la dirección es: orientacionprofedet@stps.gob.mx

OdL

aDB

Comparte este artículo
No hay comentarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *