El pago anual extraordinario en México es un derecho laboral esencial para los empleados del sector formal. Se espera que antes del 20 de diciembre de 2025, cada trabajador reciba una bonificación equivalente a 15 días de su salario. Este beneficio es un componente clave de la compensación laboral anual.
Si bien este pago es esperado, surgen interrogantes frecuentes sobre sus condiciones, fechas límite, el cálculo exacto y, especialmente, si un empleado que decide terminar su relación laboral de forma voluntaria aún conserva el derecho a recibirlo. Es importante aclarar estas dudas para asegurar que se respeten los derechos laborales.
La legislación laboral mexicana es clara al respecto: los trabajadores formales tienen derecho a recibir su pago anual extraordinario, independientemente de si renuncian voluntariamente a su empleo. En caso de incumplimiento por parte del empleador, la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet) es el organismo competente para interponer denuncias y reclamar este pago.
¿Renuncia y Pago Anual Extraordinario 2025? Tu Derecho Garantizado
De acuerdo con información de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), los empleados que presenten su renuncia antes del 20 de diciembre no pierden su derecho a recibir la parte proporcional del pago anual extraordinario. Esta bonificación se calculará en función del tiempo laborado durante el año fiscal correspondiente.
Esta gratificación prorrateada debe ser entregada al empleado al momento de su salida, formando parte de su liquidación o pago final. Es un reconocimiento al tiempo y esfuerzo dedicado a la empresa.
Los trabajadores tienen un plazo de un año, contado a partir del 20 de diciembre, para interponer una reclamación en caso de no recibir el pago completo o si este no se realiza.
El incumplimiento de esta obligación por parte de los empleadores puede acarrear consecuencias legales y económicas. El artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo contempla sanciones para las infracciones laborales. Las multas pueden variar significativamente, oscilando entre 50 y 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que representa un monto de entre 4,030 y 403,000 pesos, según estimaciones del INEGI, aplicables a quienes no cumplan con el pago o lo hagan de manera incompleta o extemporánea.

¿Dónde Reclamar tu Pago Anual Extraordinario si No lo Recibes?
Si un empleado no recibe el pago anual extraordinario que le corresponde, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es la instancia a la que debe acudir. Esta dependencia ofrece asesoría legal gratuita y los mecanismos adecuados para gestionar la reclamación, ya sea a través de la Procuraduría Federal o la Procuraduría Local de la Defensa del Trabajo, dependiendo de la ubicación y actividad de la empresa.
La Profedet pone a disposición de los trabajadores diversos canales de comunicación para brindar apoyo y orientación:
- Portal web: www.gob.mx/profedet, para información sobre igualdad y no discriminación laboral.
- Teléfonos de contacto: 01 800 71 72 942; 01 800 91 17 877 y 59 98 20 00.
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
La Profedet se erige como un aliado fundamental para garantizar el cumplimiento de los derechos laborales en México, asegurando que beneficios como el pago anual extraordinario sean recibidos por quienes legítimamente los merecen.
aDB


