Confirman garantías constitucionales.

Ioseph
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Nueva Ley de Amparo: Controvertida Enmienda Busca Claridad Procesal y Genera Debate

Debate Intensificado: La Controversia de la Retroactividad en la Ley de Amparo

Una reciente propuesta legislativa, impulsada por el diputado federal de Morena, Hugo Erick Flores, ha encendido el debate en el Congreso. Introducida de manera sorpresiva al final de las discusiones, la enmienda al artículo tercero transitorio de la Ley de Amparo ha sido calificada por algunos legisladores como una estrategia para “suavizar” o diluir las implicaciones de la retroactividad de la ley.

Originalmente, la disposición establecía que los juicios de amparo en curso seguirían rigiéndose por la legislación previa hasta su conclusión. Sin embargo, la enmienda aprobada por mayoría introduce un matiz significativo: la nueva normativa se aplicará a aquellas porciones del proceso que aún no se han desarrollado, respetando las resoluciones y derechos ya adquiridos.

Enmienda Transitoria: Detallando la Aplicación de la Nueva Ley de Amparo

La modificación propuesta establece lo siguiente: “Dado que se trata de una ley procesal, las etapas concluidas que confieran derechos consolidados a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los respectivos procedimientos. En cuanto a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, conforme a la doctrina y jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que ello suponga aplicación retroactiva ni menoscabo de derechos adquiridos, al tratarse de actuaciones futuras”.

Posturas Enfrentadas: ¿Claridad Procesal o Maniobra para Ocultar Retroactividad?

El coordinador del PRI, Rubén Moreira, ha expresado su fuerte desacuerdo, calificando la maniobra como una “trampa” y un intento de “ocultar la retroactividad” a través de juegos de palabras. Según Moreira, esta redacción podría perjudicar a aquellos que ya han obtenido resoluciones favorables en sus juicios de amparo.

“Observen la redacción tan engañosa”, manifestó Moreira. “Dice que el juicio de amparo es un asunto de procedimiento, lo cual es falso. El amparo contiene garantías, como la suspensión. Es una ley reglamentaria de la Constitución, no una ley secundaria. Sin embargo, él mismo afirma que la ley vigente hasta el día de la publicación del decreto se aplicará hacia atrás, y de ahora en adelante, la nueva ley, la reforma, es decir, el decreto. Es muy simple: quien tenga una suspensión ya ganada en revisión, la perderá; quien haya ganado algo en el futuro, lo perderá. Están haciendo que la ley sea retroactiva”.

Por su parte, Hugo Erick Flores defendió su propuesta, asegurando que no contraviene la prohibición constitucional de retroactividad del artículo 14. Sostuvo que la enmienda simplemente establece reglas claras para las leyes procesales, un aspecto fundamental para garantizar la certeza jurídica.

“No se está violando un derecho constitucional al aprobar la retroactividad de la ley, como maliciosamente se ha afirmado”, declaró Flores. “Se trata de una cuestión de materia y trascendencia procesal, es puro derecho procesal. Es aclarar las reglas ante la interrogante recurrente: ¿qué sucede con los asuntos en trámite cuando entra en vigor una nueva ley? Para entender esto, es necesario comprender qué son las leyes procesales. En este caso, la ley de amparo es un ejemplo típico de ley procesal o adjetiva, que regula los procedimientos para la aplicación de las leyes, es decir, establece los pasos que deben seguir los ciudadanos, las autoridades y los jueces para hacer valer los derechos y obligaciones de cada parte”.

La modificación propuesta por Flores Cervantes detalla que únicamente las etapas legales ya concluidas se regirán por la legislación previa, mientras que las fases pendientes de desarrollo se sujetarán a la nueva Ley de Amparo.

Debate Prolongado y Aprobación Final de la Reforma

Tras una extensa sesión de debate, que incluyó una hora y media dedicada específicamente a este artículo transitorio, Vanessa López Carrillo intervino para leer la propuesta, solicitando atención y aclarando que la medida no implicaba retroactividad, sino “actualización procesal”.

Federico Doring, representante del PAN, planteó su preocupación al argumentar que la enmienda privaba a los ciudadanos de herramientas para defenderse de la “mala gestión” gubernamental, con el propósito de “perjudicar” a quienes critican al gobierno. “Lo que el transitorio implica es que si no pueden ganar un juicio legalmente, los van a perjudicar ilegalmente, y están utilizando la puerta trasera del artículo 14, a través de este transitorio, como vehículo para el tráfico de influencias”, afirmó.

Finalmente, la ley fue aprobada en lo particular y en lo general con 322 votos a favor, 128 en contra y 3 abstenciones, alrededor de las 3:45 de la madrugada. El dictamen ahora regresa al Senado de la República para su ratificación o modificación.


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