¿Incapacidad de maternidad afecta el aguinaldo según la Profedet?

Ioseph
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Se acerca el mes de diciembre, y con él, el pago de una de las compensaciones más esperadas por los trabajadores en México: el aguinaldo. Es fundamental recordar que esta gratificación anual, obligatoria según la Ley Federal del Trabajo (LFT), debe ser liquidada a todos los empleados bajo contrato y subordinación antes del día 20 de diciembre.

La llegada de esta remuneración adicional genera a menudo preguntas comunes, especialmente en situaciones específicas. Una duda recurrente es si las empleadas en periodo de licencia por maternidad, tanto pre como postparto, verán afectado el monto de su aguinaldo. A continuación, abordamos este importante tema.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ha emitido una aclaración crucial: los periodos de licencia maternal no deben impactar negativamente el cálculo del aguinaldo. La normativa laboral establece que estos periodos deben considerarse como días efectivamente laborados para determinar la cuantía de esta gratificación. Por lo tanto, si te encuentras en esta situación, puedes tener la certeza de que no deben aplicarse deducciones a tu aguinaldo. Incumplir esta disposición por parte del empleador constituye una infracción a la ley y es motivo de denuncia.


¿Quiénes tienen derecho a recibir el aguinaldo?

La LFT es clara al especificar que todos los trabajadores que no hayan cumplido un año de servicio completo tienen derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo que corresponda al tiempo laborado. Esto aplica incluso si el trabajador no se encuentra laborando activamente en la fecha de pago de la gratificación.

La Profedet detalla que la siguiente lista de empleados, sin excepción, goza del derecho al pago de aguinaldo:

  • Personal de base
  • Personal de confianza
  • Personal de planta
  • Trabajadores sindicalizados
  • Contratados por obra o tiempo determinado
  • Trabajadores de temporada
  • Empleados con contratos a tiempo indefinido en periodo de prueba o capacitación inicial
  • Trabajadores eventuales
  • Comisionistas
  • Agentes de comercio
  • Agentes de seguros
  • Vendedores
  • Cualquier otro trabajador cuya relación laboral se rija por la LFT

¿Cómo contactar a la Profedet para resolver dudas sobre tu aguinaldo?

Si requieres asesoría o tienes dudas sobre tu aguinaldo, puedes dirigirte a las oficinas centrales de la Profedet, ubicadas en Dr. José María Vértiz, número 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

Para quienes se encuentran en el resto de la República Mexicana, la Profedet ofrece asistencia legal gratuita a través de las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, distribuidas en diversos estados. Puedes consultar la dirección exacta de la oficina más cercana en el siguiente enlace: 

Si prefieres la atención telefónica, puedes comunicarte sin costo a los números 8009117877 y 8007172942.

Para consultas por escrito, la dirección de correo electrónico habilitada es: orientacionprofedet@stps.gob.mx

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