Una reciente ordenanza, emitida el 5 de mayo, desvela detalles de un incidente ocurrido el 26 de marzo que involucra la atención médica en un servicio de urgencias hospitalarias. Una ciudadana reportó haber sido atendida por un profesional de la salud cuyo comportamiento le pareció inusual y percibió un olor a alcohol. Tras una investigación preliminar de índole penal, el caso fue desestimado al no encajar en las tipificaciones de delito del Código Penal vigente.
Posteriormente, el expediente fue remitido por el Ministerio Público Fiscal a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA). Esta entidad determinó que los hechos planteaban una falta administrativa y disciplinaria, diferenciándola de una infracción penal. Dada la claridad de la evidencia recopilada, la FIA concluyó que era factible aplicar un procedimiento simplificado de sanción directa, conforme a la normativa administrativa en vigor.
PROCEDIMIENTO DE SANCIÓN DIRECTA: Agilizando la Justicia Disciplinaria en Servicios de Salud
La resolución de la FIA se fundamenta en el artículo 56 de la Ley 1279, una disposición que habilita la implementación de medidas correctivas inmediatas ante faltas en la conducta de los profesionales de la salud. Este enfoque, según la FIA, no solo agiliza los procesos disciplinarios, sino que también optimiza la asignación de recursos y fortalece la responsabilidad individual de los trabajadores del sector. Se enfatizó la importancia crítica de una respuesta rápida y oportuna para garantizar la calidad y la integridad del sistema sanitario.
“La finalidad de cualquier procedimiento disciplinario es asegurar una gestión administrativa rigurosa y orientar al empleado hacia la observancia de principios éticos”, se detalla en la ordenanza. Por consiguiente, se cursó una recomendación al Ministerio de Salud para que procediera conforme a sus facultades legales, en caso de confirmarse la veracidad de los señalamientos presentados en la denuncia.
Fuentes del sector salud confirmaron que, ante situaciones como esta, es práctica habitual apartar temporalmente al personal implicado mientras se lleva a cabo la investigación pertinente. Se recalcó que todos los procedimientos se desarrollan bajo el estricto respeto al debido proceso, la legislación laboral vigente y los principios fundamentales de protección de la salud pública.
En conclusión, aunque la vía penal no haya procedido, la recomendación de la FIA abre la posibilidad de una sanción disciplinaria de considerable peso, la cual podría establecer un importante precedente dentro del ámbito hospitalario y mejorar la supervisión de la conducta profesional en servicios de urgencias.
aDB


