El Servicio de Administración Tributaria (SAT) está implementando medidas estrictas para abordar las obligaciones fiscales pendientes. Estas acciones trascienden las simples sanciones económicas, ya que la autoridad fiscal está facultada para confiscar activos valiosos, incluyendo joyas y fondos monetarios. En casos extremos y de acuerdo con el marco normativo vigente, incluso el hogar del contribuyente podría ser objeto de embargo. El artículo 145 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece tres escenarios específicos donde los contribuyentes con adeudos fiscales pueden enfrentar el aseguramiento de bienes.
“Se podrá proceder al aseguramiento precautorio de los bienes o de la actividad empresarial del contribuyente con el fin de salvaguardar el interés fiscal, aun cuando el crédito fiscal aún no sea exigible, siempre que haya sido determinado por el propio contribuyente o por la autoridad en el ejercicio de sus facultades de fiscalización”, se estipula en el ordenamiento.
Los 3 Errores Fiscales que Pueden Resultar en el Embargo de tu Propiedad
Es crucial que los contribuyentes presten la máxima atención a sus responsabilidades tributarias para evitar caer en las siguientes situaciones, las cuales pueden derivar en el embargo de sus bienes:
- Abandono del Domicilio Fiscal: No notificar correctamente el cambio de domicilio fiscal después de haber presentado una declaración es una causa de incumplimiento.
- Obstaculización de Notificaciones: Negarse a recibir o impedir la notificación de determinaciones de adeudos fiscales por parte de la autoridad.
- Deudas Fiscales sin Garantía Adecuada: Mantener adeudos fiscales que deberían estar respaldados por garantías o cuyas garantías existentes sean insuficientes para cubrir el monto adeudado.

El SAT, organismo adscrito a la Secretaría de Hacienda, tiene la obligación de documentar el proceso a través de un acta que fundamente las razones del aseguramiento. En este documento, se concederá un plazo de 10 días al contribuyente moroso para liquidar la deuda. De no cumplirse este requisito en el tiempo estipulado, los bienes embargados podrían ser confiscados de forma definitiva.
Esta medida legal busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Adicionalmente a la incautación de bienes, el SAT está habilitado para solicitar el apoyo de la fuerza pública y aplicar las sanciones económicas correspondientes, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación.
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