La gratificación de fin de año constituye una de las prerrogativas laborales más significativas al cierre del año en nuestro territorio. Todo trabajador, ya sea asalariado o formal, tiene derecho a recibirla, independientemente de su modalidad de contratación (fija, temporal) o de si su relación laboral concluyó, pero trabajó durante una porción del año para la compañía.
A pesar de ser una prestación legalmente estipulada como obligatoria por la Ley Federal del Trabajo (LFT), lamentablemente muchos empleadores en México no cumplen con esta disposición. Por ello, si no recibes tu pago antes del día 20 de diciembre, te informamos los pasos a seguir y las instancias a las que puedes recurrir.
¿Cómo interponer un reclamo si no he recibido mi gratificación?
Si al llegar el 20 de diciembre tu empleador no te ha cubierto la gratificación anual, o si el monto pagado es inferior al que te corresponde, puedes tomar las siguientes acciones:
- Comunica tu solicitud de pago directamente a la empresa. En ocasiones, los retrasos se deben a cuestiones administrativas. Es recomendable formalizar tu petición, ya sea por escrito o mediante correo electrónico, para dejar un registro.
- Dirígete a la Profedet (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo). Esta institución brinda asesoría gratuita, representación legal y apoyo para gestionar el cobro de la gratificación.
- Comunícate con la Profedet llamando a los números 800 911 7877 o 800 717 2942.
- Inicia un procedimiento de mediación. Previo a la interposición de una demanda formal, es requisito pasar por una fase de conciliación en los Centros de Conciliación Laboral. La mayoría de los conflictos se resuelven en esta etapa.
- Formaliza una demanda laboral. En caso de que el empleador se niegue a efectuar el pago, tienes la opción de presentar una demanda ante la instancia judicial correspondiente. Dispones de un plazo de un año, contado a partir del 20 de diciembre, para hacerlo.

¿Cuál es la fecha límite para el abono de la gratificación?
La fecha tope para la entrega de la gratificación es el 20 de diciembre. Algunas compañías realizan el pago anticipadamente, lo cual es aceptable. No obstante, si para la fecha indicada no se ha efectuado el depósito, deberás consultar con tu empleador o, en su defecto, reportar la situación a la Profedet.
Si la resolución del conflicto requiere un proceso legal, la Profedet pone a tu disposición abogados especializados en materia laboral y de seguridad social, quienes te asistirán de forma gratuita durante todo el procedimiento, desde la presentación de la demanda hasta la conclusión del caso.
¿Qué se requiere para la primera visita a Profedet?
Para tu primera visita, se recomienda presentar la siguiente información y documentación:
- Documento de identidad oficial.
- Nombre de la persona o empresa empleadora.
- Dirección del lugar de trabajo.
- Comprobante de nómina, si se dispone de él.
Si cuentas con información adicional o documentos pertinentes a tu situación laboral, puedes presentarlos a Profedet. Una vez evaluada tu situación, te indicarán si se necesita alguna otra información.

