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Límites de velocidad excedidos en la CDMX: Sanciones económicas de hasta 34,000 pesos.

IOSEPHUS
5 Lectura mins.

Conductores en la Ciudad de México deben estar al tanto de las nuevas regulaciones de velocidad vigentes en la capital. Estas normativas, anunciadas por Pablo Vázquez Camacho, titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, y efectivas desde el 10 de octubre, implican sanciones económicas más estrictas para quienes no las cumplan.

La normativa, integrada en el Reglamento de Tránsito y el Reglamento de Movilidad, establece multas que varían entre 100 y 600 Unidades de Medida Actualizadas (UMAS). El objetivo principal es mejorar la seguridad vial y reducir la cifra de incidentes fatales, que ha experimentado un alza recientemente.

  • Las penalizaciones económicas oscilarán entre un mínimo de 11,350 pesos y un máximo de 67,884 pesos, calculadas según el valor de las UMAS para 2025.

El 30 de septiembre, la jefa de Gobierno, Clara Brugada, presentó un plan para optimizar la supervisión del transporte de materiales y productos de riesgo. Esta iniciativa busca prevenir tragedias como la ocurrida en el Puente de la Concordia, Iztapalapa, donde la pérdida de control de una pipa de gas provocó una explosión con numerosas víctimas mortales.

Límite de velocidad de 30 km/h en la CDMX: ¿Para quiénes aplica?

Esta regulación es obligatoria para los operadores de vehículos que transportan sustancias peligrosas.

El nuevo límite de velocidad de 30 km/h está dirigido a vehículos que transportan sustancias peligrosas. Se restringirá la circulación de unidades con cargas superiores a 40,000 litros de materiales tóxicos y se prohibirá el paso de pipas con más de 10,000 litros de hidrocarburos por arterias secundarias.

Adicionalmente, se limitará el horario de tránsito de las 22:00 a las 5:00 horas para quienes transportan más de 20,000 litros de hidrocarburos. La circulación de estos vehículos estará prohibida en vías de acceso controlado. Las multas por incumplimiento se duplicarán, y se implementarán radares móviles en los cinco accesos principales a la Ciudad de México para vigilar la velocidad.

Para los conductores de pipas, será necesario presentar la constancia del curso de manejo de sustancias peligrosas y la capacitación certificada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para obtener la licencia de conducir tipo E12.

Intensificarán la vigilancia en los accesos a la Ciudad de México

Las autoridades informaron la instalación de radares de velocidad en las rutas principales de entrada a la Ciudad de México:

  • México–Pachuca
  • México–Querétaro
  • México–Toluca
  • México–Puebla
  • México–Cuernavaca

Con el fin de prevenir el exceso de velocidad en transportistas de materiales peligrosos, quienes excedan los 30 km/h serán multados con sumas que van de 11,350 a 34,000 pesos.

Se han introducido cambios al Artículo 26 del Reglamento de Tránsito.

Detalles de las nuevas sanciones de tránsito en la CDMX

La reforma al Artículo 9 del Reglamento de Tránsito, vigente desde el 10 de octubre, estipula que los conductores deben respetar los límites de velocidad indicados en la señalización. En ausencia de señales específicas, se aplicarán los siguientes límites:

VII: Para vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas, el límite de velocidad máximo será de 30 kilómetros por hora en cualquier zona o vía de circulación, a menos que se apliquen las exenciones de las fracciones V y VI de este artículo.

Los conductores que ignoren esta norma recibirán una sanción económica equivalente a 100, 200 o 300 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente, además de otras posibles repercusiones legales.

  • Esta penalización se sitúa en un rango de 11,300 a 33,900 pesos.

Artículo 26: Se prohíbe a los conductores de vehículos de transporte de carga circular por vías de acceso controlado si transportan sustancias tóxicas o peligrosas. El incumplimiento de esta disposición será sancionado con multas equivalentes a 200, 400 o 600 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.

  • Esta infracción puede acarrear una multa de 22,600 a 67,800 pesos.

 

 

 



OdL

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